13/4/12

Violencia de genero y malos tratos

 
«Hace tiempo en Moscú, un búlgaro me contaba que los turcos en Bulgaria violan a las mujeres y escarnecen a los niños. Entre las mil barbaridades que con ellos cometen, suelen, muchas veces, clavarles por las orejas en una puerta, y allí los dejan hasta el siguiente día, en que los mutilan bárbaramente. Con frecuencia se habla de la crueldad del hombre y se acostumbra a compararles con las fieras. Esto es injusto; al decir tal cosa se ofende a las últimas...».
 
«...Hay personas que golpean a sus hijos con un recio bastón, y algunos hasta le añaden unas cuantas espinas o puntas de tachuelas para que el efecto sea más rápido y seguro. Hechos de estos han trascendido al público, y han intervenido los tribunales y, más aún, hasta ha habido abogados que defienden a esos padres cariñosos que, al fin y al cabo, hacen eso por el bien de sus hijos; y los tribunales los han absuelto...».
 
«...Pues todavía queda otro mejor. Se trata de una muchachita de cinco años, a la cual han tomado inquina sus padres... Esto lo habrás visto a menudo... La familia es una de esas “distinguidas”: él es un alto funcionario público, instruido y bien educado... El gusto de torturar a los niños se da también en la humanidad con bastante frecuencia. Tal vez sea un modo como otro cualquiera de amar a la infancia. Los niños son seres indefensos: he aquí lo que sucede a muchos. No tienen aquéllos a quién pedir auxilio, a quién llamar, y esto irrita la sangre de los malvados. En el fondo de cada hombre hay una bestia feroz; en unos, un tigre; en otros, una hiena...; la fiera pide sangre, y el hombre se la da “artísticamente”... Quedamos, pues, en que la fiera es puramente fiera, fiera brutal; el hombre es más: es hombre y fiera al propio tiempo; es la crueldad y la ferocidad practicadas con exquisito refinamiento... Bueno, decía yo que los padres de aquella niña de cinco años infligieron a la pobrecita horribles torturas. El cuerpo de la criatura estuvo lleno de señales. Durante las heladas del invierno la dejaban encerrada en el retrete, so pretexto de que la nena no pedía con el tiempo el hacer sus necesidades... Y la madre, ¡su propia madre!, dormía tranquilamente mientras la niña gritaba, muerta de frio... ¿Comprendes? ¿Te imaginas a este ser inocente que todavía no sabe pensar? ¿Lo ves mientras golpea con sus manecitas su pecho jadeante, llorando lágrimas de sangre, invocar a Dios pidiéndole socorro?».
 


 
«...Toda la ciencia del mundo no vale las lágrimas de un niño...».
 
(«Los hermanos Karamazoff», Fedor Dostoiewski)
  


 
INTRODUCCIÓN AL CONCEPTO JURÍDICO DE MALOS TRATOS,  VIOLENCIA EN EL ÁMBITO FAMILIAR Y VIOLENCIA DE GÉNERO
 
No es lo mismo hablar de malos tratos, que de violencia de género o de violencia en el ámbito familiar. En términos generales los malos tratos son un tipo concreto de comportamiento vejatorio sancionado penalmente que puede tener por víctima a alguien con quien no se tiene ninguna relación. Así por ejemplo, una persona que discutiendo zarandea a otra la está maltratando. La violencia de género, por el contrario, apunta siempre a la mujer que es, o ha sido, pareja/cónyuge de su agresor e incluye un abanico de comportamientos delictivos más amplio que el maltrato (lesiones, violaciones, coacciones, injurias, ...).
 
Por último, puede defenderse que la violencia en el ámbito familiar (también denominada violencia doméstica1) abarca todas las conductas delictivas que tienen por sujetos a las personas que integran la familia, sean hombres o mujeres, incluyendo a miembros de la "familia política", y otras individuos que tienen una relación cuasi-familiar debido a la convivencia. No obstante, en un sentido jurídico, y al margen de que pueda castigarse además por el delito concreto que se haya producido, el uso habitual de la violencia en el ámbito familiar constituye de por sí un supuesto típico de delito: el delito de maltrato, tipificado en el artículo nº 173 del Código Penal.
 
Por otra parte, los actos violentos que sufre la mujer a manos de su marido o de su pareja se encuadran dentro de la violencia de género, es decir, al hablar en términos generales de violencia de género también nos estamos refiriendo a los malos tratos, amenazas y coacciones que se infligen a la mujer dentro del ámbito doméstico. Por ello, a la violencia doméstica que tiene por destinatario un sujeto pasivo distinto de la mujer se la conoce como "violencia doméstica no de género".
 
 
-  La violencia doméstica no de género:
 
Las agresiones a ascendientes y menores, junto con el maltrato entre hermanos, constituyen la forma más habitual de violencia doméstica no de género. Gran parte de estos ataques tienen su causa en las drogas o en trastornos psiquiátricos, por lo que requieren, más que sanción penal, ayuda por parte de profesionales adecuados, algo que, lamentablemente, choca con la realidad de nuestra justicia, que adolece de escasez de este tipo de recursos terapéuticos.
 
 
La existencia de maltrato respecto de menores o ancianos dependientes es muy difícil de detectar, dado que tales hechos raramente trascienden del ámbito familiar salvo hipotéticos casos en que la víctima acaba recibiendo asistencia médica o se produce la intervención de terceros, siendo estos quienes dan la voz de alarma, si bien para entonces el menor o el anciano pueden llevar ya tiempo viviendo una situación de maltrato físico o psíquico. En estos casos, la principal preocupación es encontrar otros familiares o instituciones que se hagan cargo del cuidado de las víctimas. Como veremos, estos sujetos constituyen un grupo particular al que la ley suele referirse como "personas especialmente vulnerables", castigando con mayor dureza las agresiones que sufran.
 
Cuando los malos tratos se producen de los hijos a los padres, suele ocurrir que  una vez interpuesta la denuncia, los progenitores se arrepienten y deciden retirarla, para a los pocos días verse obligados a volver a interponerla por persistir los actos violentos. Si los agresores son menores de edad se les aplica una regulación especial, la cual ha sido objeto de no pocas criticas y reformas debido a lo que se ha considerado una excesiva "levedad" de las penas que contempla: la Ley Orgánica 5/2000 reguladora de la responsabilidad penal de los menores. En la última reforma, llevada a cabo por la Ley Orgánica 8/2006, se aprobaron medidas orientadas a sancionar con más firmeza y eficacia los hechos delictivos de especial gravedad.
             
 
- La violencia de género:
 
No existe un "delito de violencia de género". Según la definición dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, violencia de género es aquella que, "como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia". Y comprende "todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad".
           
El uso de la expresión "violencia de género" para referirse de forma exclusiva a la que sufren las mujeres, fue cuestionado ya en la preparación del texto de la LO 1/2004, siendo el argumento principal que el término "género" no hace referencia al sexo de la persona, es decir, que "violencia de género" podría ser también la que sufren los hombres, no obstante lo cual fue el elegido por el legislador en detrimento de otros propuestos como "violencia por razón del sexo", "violencia contra la mujer", "violencia machista", etc.
 
CARACTERÍSTICAS PSICOLÓGICAS Y SOCIALES DE L@S MENORES MALTRATAD@S
 
Las características psicológicas y sociales de l@s menores maltratad@s son difíciles de diferenciar de los factores de riesgo que intervienen en los malos tratos. Hemos hablado de las características personales de l@s padres/madres, y de l@s hij@s, de las características familiares, las características del entorno e incluso sociales, al hablar de los factores de riesgo relacionados con el maltrato infantil.
 
En líneas generales, resumimos que las características de los menores son: desatención, conductas pasivas y desmotivadas, conductas agresivas y empleo de la violencia a su vez; dificultades en la escolarización con falta de asistencia o deficiencias en el rendimiento escolar; problemas en el desarrollo físico, mental y emocional, insuficiencia física y sensorial, dificultades en su socialización.
 
 
CONSECUENCIAS SOMÁTICAS DEL MALTRATO INFANTIL
 
Las consecuencias somáticas, según el tipo de maltrato infantil, son:
 
- ABANDONO Y NEGLIGENCIA: Retraso en el crecimiento, llegando incluso al raquitismo y otros problemas óseos; dificultades en el desarrollo psicomotor; problemas de visión, dentarios, escoliosis; lesiones por congelación o por quemaduras; deformaciones en el cráneo; falta de administración de vacunas obligatorias que pueden derivar en las correspondientes enfermedades; accidentes provocados por la falta de vigilancia y atención (ingestión de medicamentos, productos de limpieza, electrocuciones, quemaduras con aceites o líquidos hirviendo...).
 
- MALTRATO FÍSICO: Cicatrices o heridas profundas debido a quemaduras, cortes, golpes...; lesiones bucales con pérdida de piezas dentales o malformación de la mandíbula, causadas por puñetazos y golpes; lesiones óseas que pueden afectar al crecimiento corporal; lesiones internas, que suelen ser las más graves, debidas a traumatismos craneales y oculares y que pueden derivar en retrasos, déficits motores, cognitivos, epilepsias..., cegueras, desprendimiento de retina, glaucomas, cataratas, dislocaciones del cristalino, etc.
 
- AGRESIONES SEXUALES: Las consecuencias de los abusos sexuales suelen ser específicas de este tipo de agresiones. Encontramos consecuencias tanto físicas como psicológicas, entre las primeras están: embarazos no deseados, sobre todo en preadolescentes y adolescentes, con consecuencias físicas, emocionales y sociales muy dispares, pero que marcan la vida de la niña; enfermedades de transmisión sexual, SIDA; anomalías y lesiones en la vulva, vagina o ano, producidas por la penetración y que pueden condicionar sus funciones.
 
En cuanto a las consecuencias psicológicas, el abuso sexual puede producir estrés en la víctima, sentimientos de culpabilidad, disminución de la autoestima, dificultades en las relaciones sociales, aislamiento, temores, e incluso, dependiendo de la gravedad del abuso, las consecuencias traumáticas se prolongarán durante más tiempo, repercutiendo en sus futuras relaciones de pareja. En los casos de embarazos no deseados, las consecuencias se producen tanto para la madre como para el padre adolescentes, tienen que replantearse su nuevo papel, tomar decisiones, en la mayoría de los casos difíciles, aceptar nuevas responsabilidades...
 
- MALTRATO PRENATAL: Las consecuencias del maltrato prenatal son: prematuridad, debido a los malos cuidados de la madre durante su gestación, con todo lo que supone de riesgos bioquímicos, respiratorios, nutricionales, infecciosos, etc.; enfermedades transmitidas prenatalmente: hepatitis, SIDA; que pueden llegar a provocar la muerte del recién nacido, si existen dificultades que no son diagnosticadas a tiempo, ya sea por despreocupación de la madre o por ocultación del propio embarazo.

 






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