«Hace tiempo 
en Moscú, un búlgaro me contaba que los turcos en Bulgaria violan a las 
mujeres y escarnecen a los niños. Entre las mil
    barbaridades que con ellos cometen, suelen, muchas veces, clavarles 
por las orejas en una puerta, y allí los dejan hasta el siguiente día, 
en que los mutilan bárbaramente. Con frecuencia se habla
    de la crueldad del hombre y se acostumbra a compararles con las 
fieras. Esto es injusto; al decir tal cosa se ofende a las últimas...».
«...Hay
 personas que golpean a sus hijos con un recio bastón, y algunos hasta 
le añaden unas cuantas espinas o
    puntas de tachuelas para que el efecto sea más rápido y seguro. 
Hechos de estos han trascendido al público, y han intervenido los 
tribunales y, más aún, hasta ha habido abogados que defienden a
    esos padres cariñosos que, al fin y al cabo, hacen eso por el bien 
de sus hijos; y los tribunales los han absuelto...».
«...Pues
 todavía queda otro mejor. Se trata de una muchachita de cinco años, a 
la cual han tomado inquina sus
    padres... Esto lo habrás visto a menudo... La familia es una de esas
 “distinguidas”: él es un alto funcionario público, instruido y bien 
educado... El gusto de torturar a los niños se da también
    en la humanidad con bastante frecuencia. Tal vez sea un modo como 
otro cualquiera de amar a la infancia. Los niños son seres indefensos: 
he aquí lo que sucede a muchos. No tienen aquéllos a quién
    pedir auxilio, a quién llamar, y esto irrita la sangre de los 
malvados. En el fondo de cada hombre hay una bestia feroz; en unos, un 
tigre; en otros, una hiena...; la fiera pide sangre, y el
    hombre se la da “artísticamente”... Quedamos, pues, en que la fiera 
es puramente fiera, fiera brutal; el hombre es más: es hombre y fiera al
 propio tiempo; es la crueldad y la ferocidad
    practicadas con exquisito refinamiento... Bueno, decía yo que los 
padres de aquella niña de cinco años infligieron a la pobrecita 
horribles torturas. El cuerpo de la criatura estuvo lleno de
    señales. Durante las heladas del invierno la dejaban encerrada en el
 retrete, so pretexto de que la nena no pedía con el tiempo el hacer sus
 necesidades... Y la madre, ¡su propia madre!, dormía
    tranquilamente mientras la niña gritaba, muerta de frio... 
¿Comprendes? ¿Te imaginas a este ser inocente que todavía no sabe 
pensar? ¿Lo ves mientras golpea con sus manecitas su pecho jadeante,
    llorando lágrimas de sangre, invocar a Dios pidiéndole socorro?».
«...Toda la ciencia del mundo no vale las lágrimas de un niño...».
(«Los hermanos Karamazoff», Fedor Dostoiewski)
INTRODUCCIÓN AL CONCEPTO JURÍDICO DE MALOS TRATOS,  VIOLENCIA EN EL ÁMBITO FAMILIAR Y VIOLENCIA DE
    GÉNERO
No es lo mismo 
hablar de malos tratos, que de violencia de género o de violencia en el 
ámbito familiar. En términos generales los malos tratos
    son un tipo concreto de comportamiento vejatorio sancionado 
penalmente que puede tener por víctima a alguien con quien no se tiene 
ninguna relación. Así por ejemplo, una persona que discutiendo
    zarandea a otra la está maltratando. La violencia de género, por el 
contrario, apunta siempre a la mujer que es, o ha sido, pareja/cónyuge 
de su agresor e incluye un abanico de comportamientos
    delictivos más amplio que el maltrato (lesiones, violaciones, 
coacciones, injurias, ...).
Por último, puede
 defenderse que la violencia en el ámbito familiar (también denominada 
violencia doméstica1) abarca todas las conductas
    delictivas que tienen por sujetos a las personas que integran la 
familia, sean hombres o mujeres, incluyendo a miembros de la "familia 
política", y otras individuos que tienen una relación
    cuasi-familiar debido a la convivencia. No obstante, en un sentido 
jurídico, y al margen de que pueda castigarse además por el delito 
concreto que se haya producido, el uso habitual de la
    violencia en el ámbito familiar constituye de por sí un supuesto 
típico de delito: el delito de maltrato, tipificado en el artículo nº 
173 del Código Penal.
Por otra parte, 
los actos violentos que sufre la mujer a manos de su marido o de su 
pareja se encuadran dentro de la violencia de género, es
    decir, al hablar en términos generales de violencia de género 
también nos estamos refiriendo a los malos tratos, amenazas y coacciones
 que se infligen a la mujer dentro del ámbito doméstico. Por
    ello, a la violencia doméstica que tiene por destinatario un sujeto 
pasivo distinto de la mujer se la conoce como "violencia doméstica no de
 género".
-  La violencia doméstica no de género:
Las agresiones a 
ascendientes y menores, junto con el maltrato entre hermanos, 
constituyen la forma más habitual de violencia doméstica no de
    género. Gran parte de estos ataques tienen su causa en las drogas o 
en trastornos psiquiátricos, por lo que requieren, más que sanción 
penal, ayuda por parte de profesionales adecuados, algo que,
    lamentablemente, choca con la realidad de nuestra justicia, que 
adolece de escasez de este tipo de recursos terapéuticos.
La existencia de 
maltrato respecto de menores o ancianos dependientes es muy difícil de 
detectar, dado que tales hechos raramente trascienden
    del ámbito familiar salvo hipotéticos casos en que la víctima acaba 
recibiendo asistencia médica o se produce la intervención de terceros, 
siendo estos quienes dan la voz de alarma, si bien para
    entonces el menor o el anciano pueden llevar ya tiempo viviendo una 
situación de maltrato físico o psíquico. En estos casos, la principal 
preocupación es encontrar otros familiares o
    instituciones que se hagan cargo del cuidado de las víctimas. Como 
veremos, estos sujetos constituyen un grupo particular al que la ley 
suele referirse como "personas especialmente vulnerables",
    castigando con mayor dureza las agresiones que sufran.
Cuando los malos tratos se producen de los hijos a los padres, suele ocurrir que 
 una vez interpuesta la denuncia, los
    progenitores se arrepienten y deciden retirarla, para a los pocos 
días verse obligados a volver a interponerla por persistir los actos 
violentos. Si los agresores son menores de edad se les
    aplica una regulación especial, la cual ha sido objeto de no pocas 
criticas y reformas debido a lo que se ha considerado una excesiva 
"levedad" de las penas que contempla: la Ley Orgánica 5/2000
    reguladora de la responsabilidad penal de los menores. En la última 
reforma, llevada a cabo por la Ley Orgánica 8/2006, se aprobaron medidas
 orientadas a sancionar con más firmeza y eficacia los
    hechos delictivos de especial gravedad.
- La violencia de género:
No existe un 
"delito de violencia de género". Según la definición dada por la Ley 
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección
    Integral contra la Violencia de Género, violencia de género es 
aquella que, "como manifestación de la discriminación, la situación de 
desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre
    las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan
 sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por
 relaciones similares de afectividad, aun sin
    convivencia". Y comprende "todo acto de violencia física y 
psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las 
amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de
    libertad".
El uso de la 
expresión "violencia de género" para referirse de forma exclusiva a la 
que sufren las mujeres, fue cuestionado ya en la preparación
    del texto de la LO 1/2004, siendo el argumento principal que el 
término "género" no hace referencia al sexo de la persona, es decir, que
 "violencia de género" podría ser también la que sufren los
    hombres, no obstante lo cual fue el elegido por el legislador en 
detrimento de otros propuestos como "violencia por razón del sexo", 
"violencia contra la mujer", "violencia machista", etc.
CARACTERÍSTICAS PSICOLÓGICAS Y SOCIALES DE L@S MENORES MALTRATAD@S
Las 
características psicológicas y sociales de l@s menores maltratad@s son 
difíciles de diferenciar de los factores de riesgo que intervienen en
    los malos tratos. Hemos hablado de las características personales de
 l@s padres/madres, y de l@s hij@s, de las características familiares, 
las características del entorno e incluso sociales, al
    hablar de los factores de riesgo relacionados con el maltrato 
infantil.
En líneas 
generales, resumimos que las características de los menores son: 
desatención, conductas pasivas y desmotivadas, conductas agresivas y
    empleo de la violencia a su vez; dificultades en la escolarización 
con falta de asistencia o deficiencias en el rendimiento escolar; 
problemas en el desarrollo físico, mental y emocional,
    insuficiencia física y sensorial, dificultades en su socialización.
CONSECUENCIAS SOMÁTICAS DEL MALTRATO INFANTIL
Las consecuencias somáticas, según el tipo de maltrato infantil, son:
- ABANDONO Y 
NEGLIGENCIA: Retraso en el crecimiento, llegando incluso al raquitismo y
 otros problemas óseos; dificultades en el desarrollo
    psicomotor; problemas de visión, dentarios, escoliosis; lesiones por
 congelación o por quemaduras; deformaciones en el cráneo; falta de 
administración de vacunas obligatorias que pueden derivar
    en las correspondientes enfermedades; accidentes provocados por la 
falta de vigilancia y atención (ingestión de medicamentos, productos de 
limpieza, electrocuciones, quemaduras con aceites o
    líquidos hirviendo...).
- MALTRATO 
FÍSICO: Cicatrices o heridas profundas debido a quemaduras, cortes, 
golpes...; lesiones bucales con pérdida de piezas dentales o
    malformación de la mandíbula, causadas por puñetazos y golpes; 
lesiones óseas que pueden afectar al crecimiento corporal; lesiones 
internas, que suelen ser las más graves, debidas a traumatismos
    craneales y oculares y que pueden derivar en retrasos, déficits 
motores, cognitivos, epilepsias..., cegueras, desprendimiento de retina,
 glaucomas, cataratas, dislocaciones del cristalino,
    etc.
- AGRESIONES 
SEXUALES: Las consecuencias de los abusos sexuales suelen ser 
específicas de este tipo de agresiones. Encontramos consecuencias
    tanto físicas como psicológicas, entre las primeras están: embarazos
 no deseados, sobre todo en preadolescentes y adolescentes, con 
consecuencias físicas, emocionales y sociales muy dispares,
    pero que marcan la vida de la niña; enfermedades de transmisión 
sexual, SIDA; anomalías y lesiones en la vulva, vagina o ano, producidas
 por la penetración y que pueden condicionar sus
    funciones.
En cuanto a las 
consecuencias psicológicas, el abuso sexual puede producir estrés en la 
víctima, sentimientos de culpabilidad, disminución de la
    autoestima, dificultades en las relaciones sociales, aislamiento, 
temores, e incluso, dependiendo de la gravedad del abuso, las 
consecuencias traumáticas se prolongarán durante más tiempo,
    repercutiendo en sus futuras relaciones de pareja. En los casos de 
embarazos no deseados, las consecuencias se producen tanto para la madre
 como para el padre adolescentes, tienen que
    replantearse su nuevo papel, tomar decisiones, en la mayoría de los 
casos difíciles, aceptar nuevas responsabilidades...
- MALTRATO 
PRENATAL: Las consecuencias del maltrato prenatal son: prematuridad, 
debido a los malos cuidados de la madre durante su gestación,
    con todo lo que supone de riesgos bioquímicos, respiratorios, 
nutricionales, infecciosos, etc.; enfermedades transmitidas 
prenatalmente: hepatitis, SIDA; que pueden llegar a provocar la muerte
    del recién nacido, si existen dificultades que no son diagnosticadas
 a tiempo, ya sea por despreocupación de la madre o por ocultación del 
propio embarazo.
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